El visado de residencia para inversores introducido por la ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (Golden visa). Mediante la entrada de vigor de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se pretende atraer la inversión por parte de extranjeros no comunitarios en España a cambio de obtener la denominada «Golden Visa.
El visado de residencia que se expida según esta Ley, permite residir en España durante 1 año sin tener que tramitar la tarjeta de identidad de extranjero.
VISADO DE RESIDENCIA PARA INVERSORES DE CAPITAL (RIC).
- Inversión inicial por un valor igual o superior a 2 millones de euros en deuda pública española.
- Inversión en 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de empresas españolas o depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
VISADO DE RESIDENCIA POR ADQUISICION DE BIENES INMUEBLES (RIV).
- Adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión igual o superior a 500.000€
VISADO DE RESIDENCIA PARA EMPRENDEDORES Y ACTIVIDAD EMPRESARIAL (REM).
- Inversión en un proyecto empresarial.
- Emprendedores con una actividad emprendedora de carácter innovador.
VISADO DE RESIDENCIA PARA PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS(TAC).
- La realiza empresa en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
VISADO DE RESIDENCIA PARA FORMACION O INVESTIGACION (RIN).
- Personal investigador.
- Personal científico y técnico.
- Los investigadores.
- Los profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España.
VISADO DE RESIDENCIA POR TRASLADO EMPRESARIAL (TTI).
- Extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional.
VISADO DE RESIDENCIA PARA FAMILIARES (RFI).
- El cónyuge y los hijos menores de 18 años, que se reunan o acompañen al solicitante.